Por José Carlos Solón
Las matrioskas, también conocidas como muñecas rusas, son la metáfora perfecta para describir el contrato que Yacimientos de Litio Bolivianos (YLB) busca aprobar con la empresa rusa Uranium One Group. La peculiaridad de estas muñecas es que, al abrir una, se descubre otra en su interior, y así sucesivamente. De manera similar, tras mucha espera y algunas tragedias, el contrato de asociación accidental firmado el 11 de septiembre de 2024 con la empresa rusa está recorriendo las comisiones y pasillos de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
El contrato de asociación accidental tiene por objetivo desarrollar una planta de Extracción Directa de Litio (EDL) y carbonatación de litio en el Salar de Uyuni del departamento de Potosí. Durante este tiempo, se firmaron varios convenios con la empresa rusa, todos resguardados por estrictas cláusulas de confidencialidad. Ahora finalmente el contrato ha llegado a nuestras manos, lo que nos permite analizar las diferentes capas, o muñecas de esta matrioska, que está compuesto por varios cuerpos: múltiples informes, el contrato propiamente dicho y sus cuatro anexos. Estos cuerpos se articulan y entrelazan de manera compleja, de modo que no es posible entenderlos de forma independiente, ya que la información concreta se encuentra dispersa a lo largo de los distintos documentos.
La primera matrioska, una asociación accidental de 30 meses
El contrato firmado entre YLB y Uranium One Group establece una asociación accidental, lo que significa que ambas partes se unen con un objetivo específico, sin constituir una nueva entidad con personalidad jurídica. Su propósito es “desarrollar, construir, implementar y emplazar la Planta, de acuerdo a las fases y etapas de escalonamiento […] para la producción de carbonato de litio grado batería certificado y su comercialización por YLB” (Cláusula quinta – Constitución y objeto). La idea es que Uranium One Group se encargue de construir la planta, transfiera su titularidad a favor de YLB y emita “la factura correspondiente”.
Según lo estipulado en el contrato, se realizarán dos transferencias de titularidad en favor de YLB: una al término de la fase II (etapa semi-industrial), cuando YLB reciba una planta con una capacidad de producción de 9.000 toneladas anuales de carbonato de litio. Esto se produciría al cabo de los primeros 18 meses del contrato (Cláusula octava – Alcance). Tras esta primera transferencia, la empresa rusa dispondría de 12 meses adicionales para concluir la fase III (también llamada «segunda ampliación»), y realizar la segunda transferencia que incrementaría la capacidad de producción de la planta a 14.000 toneladas anuales.
La asociación accidental dejará de existir una vez completada la segunda transferencia. Si el proyecto avanza conforme a lo previsto, la asociación accidental entre YLB y Uranium One Group tendrá una duración total de 30 meses, y los rusos aportarán el “capital financiero para el desarrollo, construcción, implementación y emplazamiento de la Planta” (cláusula décimo segunda – Aportes).
Este contrato es solo el primero de muchos otros contratos que seguirán y son mencionados en los documentos presentados a la Asamblea Legislativa.
La segunda matrioska, el contrato de operación y mantenimiento por 20 años
Para que el contrato de la sociedad accidental entre en vigor, la Asamblea Legislativa Plurinacional debe aprobarlo y adicionalmente deben suscribirse otros tres contratos: el contrato de Operación y Mantenimiento, el contrato de comercialización, y el contrato de conciliación (cláusula décimo primera – Vigencia y Plazos). Estos tres contratos adicionales tendrán una vigencia de 20 años renovables. El contrato de Operación y Mantenimiento no se encuentra desarrollado y solo existe una tabla de información mínima, donde aspectos claves como el precio y el costo del servicio, se indica que se establecerán más adelante.
Esto es una muestra de que algunos de los anexos del contrato se convertiran en nuevos contratos y tendrán sus propios anexos, los cuales aún no conocemos. Esto podría representar un cheque en blanco a favor de la empresa rusa.
La tercera matrioska, la comercialización y el comprador con derecho preferente
El contrato firmado por YLB señala en varias cláusulas que la propiedad de los recursos naturales permanece en manos del pueblo boliviano y no de Uranium One Group. El contrato especifica que “la comercialización del producto terminado es de exclusiva propiedad y responsabilidad de YLB”, sin embargo, Uranium One Group tiene un “derecho preferente de compra del producto”, estipulado en el Anexo IV, el cual entrará en vigor “luego de la primera producción comercial de la planta”.
En este anexo IV, se establece que “el vendedor [YLB] le venderá al comprador [Uranium One Group] […] un volumen acordado de producto de litio (es decir, Li2CO3 de grado de batería, según los requisitos del cliente final) producido durante cada año calendario”. El precio de venta se fijará en dólares estadounidenses, “basado en los indicadores de precios de mercado para productos de litio publicados por el Shanghai Metals Market (SMM) u otro índice de referencia dentro de la semana de carga”.
Las escuetas tablas del anexo IV muestran que YLB, como vendedor, asumirá el pago de todas las regalías, las formalidades aduaneras y todos los impuestos, incluidos los derechos de exportación.
La cuarta Matrioska, el contrato de conciliación
El contrato de conciliación dispone de la tabla de referencia más pequeña: media página. Este contrato establecerá el mecanismo de “compensación de las contraobligaciones de las Partes entre sí emanadas de la ejecución de los contratos” de: 1) la sociedad accidental, 2) la operación y mantenimiento y 3) la comercialización. En términos simples, esto quiere decir conciliar las cuentas entre lo que invirtió Uranium One Group, sus costos operativos y de mantenimiento de la planta y los ingresos que generará la venta del litio.
El costo estimado de la inversión es de 975.852.100 dólares (CAPEX) para la planta de producción de 14.000 toneladas de carbonato de litio grado batería. Este es el único dato que figura en el contrato y que además puede ajustarse “una vez se complete el diseño detallado de la planta” o en función a “cambios en factores económicos y/o políticos externos”.
Sobre los costos de operación y mantenimiento no tenemos ninguna estimación, y solo una referencia a que serán tarifas previamente acordadas por las partes a ser incluidas en un Anexo que no forma parte de este conjunto de documentos.
En relación al precio de venta este será definido “sobre la base de los indicadores de precios de mercado”.
En síntesis, el contrato de conciliación de cuentas entre Uranium One Group y YLB está sujeto a una serie de variables sobre las cuáles no tenemos toda la información.
Una matrioska para marear la perdiz
La metáfora de la matrioska nos ha servido para ilustrar cómo dentro de un contrato pueden existir otros contratos, y así sucesivamente sin que podamos saber a ciencia cierta si el contrato que estamos firmando es beneficioso o no para el país. Los asambleístas no tienen toda la información disponible para aprobar este contrato y los contratos venideros. YLB debe no solamente poner en conocimiento todo el desarrollo de los anexos y nuevos contratos sino también los estudios de factibilidad económica de este proyecto. La sociedad boliviana merece transparencia en la información sobre uno de sus recursos más valiosos, como es el litio.
Via: Fundación Solon